Fin del papel en las declaraciones IVA
28 enero, 2023 - 2 minutes readEn el presente ejercicio, todos los autónomos están obligados a presentar sus declaraciones IVA de forma telemática, habiéndose decretado el fin de las declaraciones en formato papel.. Para ello, será imprescindible disponer del correspondiente certificado digital, salvo que se disponga de gestor para ocuparse de estas cuestiones.
Por tanto, ya no será posible presentar la liquidación del modelo 303 IVA trimestral en formato papel. Con la modificación de la Orden HAP/2194/2013 se ha eliminado tal posibilidad.
Si bien es cierto, la nueva norma entró en vigor el día 1 de enero de este año, se empezará a aplicar en función del sistema de liquidación del IVA que disponga cada autónomo. La ley obliga a presentar telemáticamente todas las autoliquidaciones mensuales (mod. 303), trimestrales (mod. 303) o anuales (mod. 390) del IVA a partir del presente ejercicio 2023.
La práctica totalidad de los autónomos practican sus liquidaciones del IVA de forma trimestral a través del modelo 303. Por tanto, cumplimentan el modelo y liquidan el impuesto cuatro veces al año, esto es: Abril (1T), Julio (2T), Septiembre (3T) y Enero (4T).
En consecuencia, surgirá la obligación de presentar las declaraciones Trimestrales IVA de forma telemática, a partir del mes de abril, en concreto hasta el día 20 abril 2023, coincidiendo con la liquidación IVA del primer Trimestre del año (1T)
Es indispensable que los autónomos dispongan del correspondiente certificado digital o Cl@ve PIN, para presentar el IVA de forma telemática. Lo anterior, a salvo que presenten los IVAS a través de un gestor que ya disponga de Cl@ve PIN o certificado digital para confeccionar sus declaraciones.
Las gestiones realizadas por vía telemática con la Administración precisan de la correspondiente certificación y autenticación del usuario. Por ello, será imprescindible obtener el certificado digital a través de un organismo oficial. En la pág. WEB de la AEAT, se puede consultar información muy completa y enlaces sobre el referido trámite para la obtención del certificado digital.
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