Fin obligatoriedad mascarillas en interiores, salvo excepciones.
22 abril, 2022 - 2 minutes readLas mascarillas seguirán siendo obligatorias en el interior de los centros, servicios y establecimientos sanitarios, en el transporte aéreo, por ferrocarril o autobús y en los barcos cuando no se garantice la distancia de seguridad. El Ejecutivo recomienda su uso responsable en la población vulnerable.
El Consejo de Ministros ha aprobado el fin de la obligatoriedad del uso de las mascarillas en espacios interiores con carácter general a partir del 20 de abril.
Los altos índices de vacunación frente al COVID-19 y la situación epidemiológica han permitido adoptar esta medida. El 92% de la población tiene la pauta completa, haciendo descender la enfermedad de forma notable en los últimos meses, mientras que la mayor parte del territorio se encuentras en nivel de riesgo bajo.
La mascarilla no será obligatoria en los ámbitos escolares. En el entorno laboral, con carácter general, tampoco. Pero los responsables en materia de prevención de riesgos laborales, y de acuerdo con la correspondiente evaluación del riesgo del puesto de trabajo, podrán establecer las medidas preventivas adecuadas que estimen convenientes, como el uso de mascarilla.
En los eventos multitudinarios, como competiciones deportivas o conciertos, celebrados tanto en interiores como en exteriores no será obligatorio llevar mascarilla. Respecto a la continuidad de las limitaciones de aforos, la ministra ha indicado que la competencia corresponde a las comunidades autónomas.
Excepciones a la eliminación de las mascarillas
Las mascarillas seguirán siendo obligatorias en determinados contextos, como en los centros, servicios y establecimientos sanitarios -hospitales, centros de salud o de transfusión, farmacias-, tanto para las personas que trabajan en ellos como para los visitantes. También lo serán en los centros sociosanitarios y en las residencias de mayores para los empleados y los visitantes, pero no para los residentes.
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