Las empresas ya deben informar sobre sus propietarios reales.

6 febrero, 2025 - 4 minutes read

El día 3 de febrero 2025, entró en vigor la obligación para las sociedades mercantiles de informar a Hacienda sobre sus propietarios o titulares reales.

Las sociedades o los autónomos al frente de las mismas, deberán cumplir con esta nueva obligación comunicando a Hacienda sobre sus propietarios reales a través del modelo 036, y también con el fin de cumplir con la obligación de notificar los cambios que se produzcan en sus datos. El nuevo modelo 036 dispondrá de un apartado destinado a la identificación de los titulares reales de las empresas.

La nueva versión del modelo 036 ofrecerá a los empresarios la posibilidad de autorizar el uso de móvil o correo electrónico para recibir notificaciones y comunicaciones oficiales. En el caso de la Dirección General de Tributos se posibilita la recepción de notificaciones a través de la APP de la Agencia Tributaria.

Según el ordenamiento mercantil, se consideran titulares o propietarios reales, las personas físicas que poseen o controlan, directa o indirectamente, un porcentaje superior al 25% del capital social correspondiente a los derechos de voto de una sociedad. En otro caso, se considerarán titulares reales, aquellas personas que ejerzan a través de medios directos o indirectos, el control real y efectivo de una empresa. En el caso que no concurra ninguno de los anteriores requisitos, la ley contempla que los titulares reales de una sociedad se designarán como tales, a los que ostenten la condición de administradores sociales.

Por tanto, desde el pasado día 3 de febrero, los negocios deben notificar a Hacienda sobre sus titulares o propietarios reales a través del modelo 036. Igualmente, deberán comunicar los cambios que se produzcan en la titularidad real de la sociedad.  En consecuencia, no solo debe presentarse el modelo 036 sólo cuando se produzca el alta, sino también cuando se hayan variaciones de cualquiera de los datos que se incluyen en la declaración censal. De este modo, se tendrá que volver a presentar el formulario siempre que se produzcan modificaciones en la titularidad real de las sociedades.

La obligación del deber de notificar los titulares reales de las sociedades se establece en las leyes 10/2010 y 13/2023. Estas obligaciones de carácter mercantil se contemplan también como obligaciones fiscales, por lo que la exigencia del deber de información deberá ser cumplimentado por medio de las declaraciones censales cuándo se produzca el alta en el censo de empresarios y profesionales (versión actual Modelo 036). Y por otro lado, a través de la declaración del Impuesto de Sociedades (Modelo 200).

Los datos de los titulares reales que deben ser comunicados desde el día 3 de febrero en adelante, por medio del modelo 036 son:

  • NIF
  • Nombre y apellidos
  • Fecha nacimiento
  • Nacionalidad
  • País de residencia
  • País expedidor documento de identidad

El objetivo de la norma es, teóricamente, combatir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

Y como no podía ser menos, tratándose de hacienda, las sanciones por incumplir con el deber de presentar el modelo 036 por cambios en la titularidad real, ya constan reguladas en la Ley General Tributaria.