Rebaja IVA en alimentos básicos hasta diciembre

28 junio, 2024 - 2 minutes read

Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto-Ley que establece la rebaja del IVA a 0% en alimentos básicos –pan, verduras, huevos, fruta y aceite de oliva, hasta el 30 de septiembre. Y se fija la subida del tipo al 2% desde el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre, previendo supuestamente que la inflación en alimentos en el último trimestre se modere a la baja.

La ley que establece la prórroga de las medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo entrará en vigor este viernes día 28.07.2024.

En cuanto al IVA del aceite de oliva, ya se había producido una rebaja del 10 al 5%. Ahora se fija en IVA 0% desde el 1 de julio, y se mantendrá de esta forma hasta el 30 de septiembre. Posteriormente, se contempla suba al 2% entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre.

El Real Decreto-Ley incorpora la correspondiente modificación de le Ley del IVA para que el aceite de oliva tenga la consideración de alimento básico y en ese sentido, dispondrá de un tipo superreducido para lo sucesivo.

El 4% IVA es el tipo superreducido en España. La ley establece de este modo que cuando los tipos vuelvan a la normalidad, el IVA del aceite de oliva quedará fijado ya en el 4% en vez del 10% como anteriormente.

Por otro lado, la norma establece prorrogar también hasta el 30 de septiembre los tipos del 5% del IVA para la pasta y los aceites de semilla. Y desde el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre, el tipo pasará al 7,5% IVA.

A partir del 31 de diciembre 2024, la reducción de precios debería permitir supuestamente, suprimir estas medidas excepcionales y transitorias, sin menoscabo del poder adquisitivo de las familias.

La intención es garantizar la existencia de unos precios razonables de los alimentos básicos hasta que se normalice el mercado, circunstancia que según la norma se producirá en el último trimestre del 2025.

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